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Precipicios s/n zumidero, xinagoga*

“MEDIEVALGIS”logo-space-time-toledo-copie TOLEDO: ESPACIO y TIEMPO.

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J.P.2017 – código parcela:618– código casa:
Precipicios s/n.

Real Fundacíon de Toledo


ACT-Becerro -1779

Página 211, recto

de folio 195

Lucas de las Peñas dio al Cabildo I mil CC XL maravedíes y II pares de gallinas de tributo cada año, sobre unas casas a Varrionuevo, en 17 de Jullio de 1587, Melchior de Espinosa, tejedor de terciopelo, que hubo una quarta parte de estas casas en casamiento con María de Galves, hiço reconocimiento de CCC X maravedíes y una gallina cada año, ante Martín de San Pedro y Pedro de Uzeda. Y en 7 de Octubre de 1588, doña Leonor Enrriquez, que posee tres octavas partes de esta casa, que fue de su abuelo, hiço reconocimiento de CCCC XXV maravedíes y I gallina y media de tributo, hiço reconocimiento ante Martín de San Pedro y Pedro de Uzeda. Y en 20 de Febrero de 1589, Mlechior de Piedrahita, procurador, que posee tres octavas partes de estas casa, hiço reconocimiento de CCCC LXV maravedíes y I gallina y media ante Martín de San Pedro y Pedro de Uzeda. Y en 3 de Setiembre de 1590, Gaspar Ramírez Enrrique, hijo y heredero de doña Leonor Enrriquez, vendió las tres partes de casas que tenía su madre, al dicho Melchior de Piedrahita, a de reconocer. Y en 30 de Setiembre de 1605, Agustín de Piedrahita, hiço reconocimiento de DC XXX maravedíes y II pares de gallinas, sobre la parte que tiene en estas casas, que la hubo por donación de Melchior de Peidrahita, ante Juan Martínez, escrivano, está entre los sueltos ¡, el dicho día hiço reconocimiento Juan Sánchez Magarando de CCC maravedíes y I gallina, por la parte que compró de un yerno de Melchior de Piedrahita, y de su muger, ante el dicho Juan Martínez, escrivano. Está entre los sueltos. Y en 3 de Octubre de 1605, María de Galves, viuda de Melchior de Espinosa, hiço reconocimiento de CCC X maravedíes y I gallina, sobre la parte que heredó de su abuelo, está suelto entre los sueltos, ante Ambrosio Mexia.

Son tres cuerpos, el uno está en la Calle Real junto a la sínoga, y el otros dos, en un corralillo hondo do está el sumidero del agua, de aquel varrio, alindan los unos con los otros, y todos por el lado de afuera, con casas de la Cofradía de Nuestra señora de la Concepción, sita en Santo Thome, y por el de adentro con aposentos del mismo Juan Sánchez Magarando.

Anotaciones margen izquierdo:

Agustín de Piedrahita

DC XXX maravedíes. II pagllinas

Juan Sánchez Magarando

CCC maravedíes. I gallinas

María de Galves a sus herederos

CCC X maravedíes. I gallina

II pares de gallinas

Anotaciones margen derecho:

I mil CC XL maravedíes


p.150

[junto al çumidero del agua]

Antonio Lopez 10-2gs

En la muy noble ciudad de toledo a veynte e quatro dias del mes de junyo de myll e quinientos e setenta e tres años en presencia de my el escrivano publico e testigos yusoescriptos parescio presente Balentin de Cuellar clerigo capellan del coro de la Santa Yglesia de toledo e dijo que por quanto el ovo conprado e conpro de juan de perejon de morgaez vecino de la villa de Barajas de Guete unas casas en esta ciudad en la perroquia de santo tome que linda de laun parte con casas de Juan Niño e por otra con casas hondas que llaman de la sy[na]noga e por delante con la calle real tributarias al monesterio de san antonio de padua de myll maravedis e dos gallinas de tributo perpetuo en cada un año con las condiciones de a diezmo e comyso a dos años las quales dichas casas le vendio el dicho juan de per[ez]gon de morgaez por sy en nombre de maria despinosa viuda muger que fue de juan rrodiriguez de magan difunto vecina de la villa de belichon a la piedra y saneamiento dellas se obligo juntamente con ellos don diego carrillo clerigo aunque mas largamente se contiene en la carta

p.151

de venta que dello le hicieron e otorgaron ante my el escrivano publico yuso escripto y veinte dias del mes de abril deste dicho año e selas vendieron por prescio e contia de cien ducados que sumen e montan teinta y siete mill e quinientos maravedis e aviendose pedido lizeincia al avadesa y monjas del dicho monasterio para hazer e zelebrar la dicha venta pideron para rresponder el termyno de derecho ….

p.152

…por tanto por esta presente carta dijo que hacia e fizo dejacion e traspaso de las dichas casas en el dicho monesterio de santo antonyo de padua y en las señoras abadesas e monjas del para que sean e que den para el dicho monesterio para syenpre jamas e le zede e rrenuncia e traspasa todos el derecho que tiene a las dichas casas e a los vienes del dicho don diego carrillo que esta obligado al saneamiento dellas e a los vienes de todos los demas que estan obligados al sanemiento y en dejar y retener en su cosa de toda ello … e yo el dicho escerivano doy fee que en my presencia e de los testigos yusoescriptos e dicho/

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Francisco de cordova escrivano publico desta ciudad ante my parecio la parte del monesterio de santo antonyo de padua y me dijo que ante vos paso una escriptura de venta de una casas en esta ciudad en la perroquia de santo tome tributarias al dico monesterio en favor de Balentin de Cuellar clerigo y que della el dico monesterio tiene nezesidad de un traslado de la dicha escriptura para la presentar en cierto pleyto e causa que trata el dico monesterio con el dicho balentin de cuellar

,,, yo el dicho Francisco de Cordova escrivano publico susocdichos hize sacar la dicha carta de venta que en el dicho mandamiento se haze myncion su tenor de le qual es este que se sigue:

Sepan quantos esta carta de venda vieren comoyo Juan de Perejon de Morgaez vecino de/

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la villa de barajas de guete estante al presente en esta muy noble ciudad de toledo por my y en nombre de maria despinosa mi padre viuda muger que fue de Juan Rodriguez vecino de la villa de chinchon por virtud del poder que della tengo sygnado de escrivano, el qual ariginalmente doy y entrego al escrivano publico de esta carta… su tenor del qual es este que se sigue.

Sepanquantos esta carta de poder vieren como yo Maria de Espinosa, viuda muger que fue de Juan Rodriguez de Moirgaez difunto, vecina de la villa de belinchon otorgo e conozco por esta presente carta que doy e otorgo mi poder cunplido vastante qual de derecho se rrequiere e mas puede de velacer a nos Juan Perejon de Morgaez mi hijo vecino desta villa de baraxas especialente para que por my y en my nonvre como yo mysmo podais vender e vendais unas casas que yo tengo e poseo en la ciudad de toledo a varrio nuebo linde de Juan Niño y a calle de la cava ende a la presona e presonas e por el prescio e prescios que vien vien todos fuere e por vien tuviere descontado e/

p.176

mi poder a la qual me rrefiero por ende de pedimento de la dicha parte de la dicha maria despinosa di el presente que es fecho en la dicha villa de velinchon en dies e seis dias del mes de dizienbre de myll e quinientos y setenta e dos años, en fee de lo qual lo escrivo e fize myo signo que es tal . [signo] En testimonio de verdad. [rubrica]

p.177

En la muy noble e muy leal cibad de toledo diez dias del mes de novyembre año del nascimiento de nuestro Salvador Iesu Xristo de myll e quinientos e veynte e nueve años antel vyrtuoso señor e el licenciado diego alonso, tenyente de alcalde mayor de la dicha cibdad de toledo por el muy magnifico eñor don juan hurtado de mendoza, conde de ribadavia corregidor e justicia mayor de la dicha cibdad de toledo por sus magestades, estando presente maria alvarez muger de fulgencio de mata bonetero con licencia que la dicha maria alvarez…para ello obligo en presencia de my el escrivano publico e testigos de yuso escriptos, parescio presente anton lopez procurador de causas vezino de toledo e dixo al dicho señor alcalde que asi es que el tiene contratado de comprar de los dichos fulgencio de mata e maria alvarez su muger e de bartolome sanchez padre de la dicha maria alvvarez vezinos de la dicha cibdad de toledo unas casas en esta dicha cibdad a la collacion de la yglesia de santo tome que alinda con casas de gomez fernandez de carmona e con casas de alvaro/

p.178

de la parra e por delante con la calle publica real con cargo de certo tributo al monesterio de sant antonio de paduo por prescio e contia de cinco myll maravedis por ende que pedya e pidio al dicho señor alcalde tomase aparte a la dicha maria alvarez del dicho su marido e rescibyese della juramento en forma de vida de derecho so cargo de la qual le preguantase sy la dicha venta la fazia e queria fazer atrayda o ynduzida por el dicho su marido o de su voluntad …

p.180

…la dicha maria alvarez dixo que consentia e consyntio la dicha señ[or]ia e el dicho anton lopez lo pidio por testimonio testigos que fueron presentes a lo que dicho es Myguel Ruyz notaryo e Juan de Babya e Juan de Loarra vezinos de la dicha cibdad de toledo el licenciado diego alonso. E yo payo sotelo escrivano publico de los del numero de la dicha cibdad de toledo fuy presente ante el dicho señor alcalde ante my registro firmo su nombre en uno con los dichos testigos todo lo que dicho es e por el pedimento e otorgamiento de los dichos dichos anton lopez e fulgencio de mata e m[ar]ya alvares su muger este publico ynstrumento fize escrivir e por ende fize aqui este mi signo que es tal. [signo] En testimonio de verdad. Payo Sotelo [escrivano publico]

p.181

Sepan quantos esta carta de vendida vieren como yo bartolome sanchez morador e yo fungencio de mata bonetero y yo maria alvarez fija del dicdho bartolome e yo la dicha maria alvarez con licencia e abtoridad e espreso consentymiento que primeramente pedy e demande e demando al dicho fulgencio de mata otorgo e conozco quedo e concedo la dicha mi abtoridad y licencia a vos la dicha maria alvares mi muger ….otorgamos e conoscemos que vendemos e damos de juro e por juro de heredad a vos anton lopez procurador de causas vezino de la dicha cib/

p.182

dad de toledo que esteys presente e resciebiente la estypulacion e obligacion de van esta carta contenydo para vos e para vuestros erederos e subcesores despues de vos e para quien vos ho ellos quisyerades e por byen tovierades o de vos o de ellos ovyere tutulo de causa o razon unas casas que nosotros avemos e tenemos por nuestras e como nuestras en esta dicha cibdad de toledo en la colacion de la yglesia de santo tome de la dicha cibdad de toledo que alinda de una parte con casdas de gomez fernandez de carmona e de la otra parte con casas de alvaro de la parra e por delante con la calle real las quales son tributarias a alvaro de san antonio de padua desta dicha cibdad con cargo de myll maravedis e un par de gallinas de censo e tributo ynfiteosyn en cada un año para siempre jamas que se pagan por tercios y las gallinas avydas con las condiciones a diezmo y dos años comyso e asy vos las vendemos con el dicho cargo del dicho tributo…

p.191

En la muy noble e muy leal cibdad de toledo diez dias del mes de noviembre año del nascimiento de nuestro salvador Ihesu Xristo de myll e quinientos e veynte e nueve años en el monasterio de sant antonio de padua de la orden del señor san francisco de la dicha cibdad de toledo, estando presentes las señoras preseydente e monjas del dicho monesterio a tampana tanida… conviene a saber las señoras beatriza de santamaria presydente e maria de San Graviel e catalina de San Miguel e maria de San Juan e catalina de san francisco por sy e en nombre de las otras monjas del dicho monesterio de sant antonio de padua de la dicha cibddad de toledo e en presencia de my el escrivnao publico e testigos de yuso escriptos parescio presente bartolome sanchez mercador vezino de la dicha cibdad de toledo e dixo a las dichas señoras presydente e monjas del dicho monasterio que bien saben que el tiene e posee unas casas en esta dicha cibad de toledo a la collacion de santo tome que alidna de la una parte con casas de gomez fernandez de carmona e de la otra parte con casas de la parra vezinos de toledo e por delante con la calle real las quales dichas casas a tenydo e poseydo e tiene/

p.192

e posee con cargo de myll maravedis de la moneda usual he un par de gallinas de censo e tributo ynfintiosyn en cada un año para syenpre jasmas al dicho monesterio abadesa e monjas e convento con otras condiciones de diesmo e dos año comiso e que el tyene contraydo de vender e traspasar las dichas casas con el dicho cargo del dicho tributo e condiciones a anton lopez procurador de causas vezino de la dicha cibdad de toledo por prescio e contia de cinco myll maravedis …

p.193

…e dieron su licencia al dicho bartolome sanchez para que pueda vender e traspasar las dichas casas al dicho anton lopez con el dicho cargo del dicho tributo e condyciones e faciendo reconoscimiento el dicho anton lopez davan e dieron por libre al dicho bartolome sanchez e a sus erederos de dicho tributo e los dichos bartolome sanches e anton lopes lo pideron por testimonio testigos que fueron presentes fernando de la piedra e fernando lagarto e diego fernandez vezinos de toledo , marya de san juan, catalina de san miguel, presy (sic.) de sant anton o catalina de san francisco, maria de san graviel, bartolome sanchez.

E yo, Payo Sotelo escrivano publico de los del numero desta dicha cibdad de toleod fuy presente a todo lo que dicho es en uno con los dichos testigos e por pedymiento del dico bartolome sanches e por el otorgamyento de los dichos señores presydente e monjas del dicho monasterio esta carta fize escrivir al registro del qual firmado/

p.194

de la manera que dicho es queda en mi poder e por ende fize aqui este myo sygno que es tal. [signo] En testimonio de verdad. Payo Sotelo escrivano publico. [rubrica]

p.196

Recibi del señor juan de perejon por mano de alonso de cuellar al[…] de toledo cinquenta y dos reales del alcavala de una casa que bendio a balentin de cuellar clreigo en treinta siete myll yquinientos marvedis segund por la escriptura de banta della ante francisco de cordova escrivano publico del numero de toledo y de lo que mas monta es agora […]

  1. 197

En la muy noble cibdad de toledo a veinte e quatro dias del mes de junio de myll e quinientos e setenta e tres años en presencia de my el escrivano publico e testigos de yuso escriptos parescio presente balentin de cuellar clerigo capellan dell coro de la santa yglesia de sta cibdad de toledo e dixo que por quanto d el obo conprado e cionpro de juan de perejon ve morgaez vecino de la villa de varaja de güete unas casas en esta cibdad en la perrochia de santo tome que alindan por la una parte con casas de Juan Martin y por la otra parte con casas ondas que llaman de la syn[ag]oga e por delante la calle real, tributatarias al monesterio de santo antonyo de padua de myll maravedis e dos gallinas de tributo perpetuo en cada un año con las condiciones de adiezmo y comyso a dos años lasquales dichas casas le vendio el dicio juan de perejon de morgaez por sy e nombre de maria de espinosa viuda y madre muger que fue de juan rrodri/

p.198

guez de morgaez defunto vecino de la villa de Belinchon …. se obligo juntamente con ellos don Pero Carrillo clerigo segunt que mas largame te se contiene en la carta de venta que de ello le hicieron e otorgaron ante el escrivano publicoyuso escripto veynte dias del mes de abril deste dicho año y las bendieron por prescio e contya de treynta e siete myll e quinientos maravedis e abiendose pedido lizencia al abadesa e monjas del dicho monasterio para hacer y celebrar la dicha benta pidieron para responder e… dijeron e declararon que querian las dichas casas por el tanto e aun pudieron e ni obieron pleyto sobre ello el diho balentin de cuellar ante el señor bicario jeneral desta ciudad de toledo ante Alonso de Chinchilla notario de su audiencia y el dicho Balentin de Cuellar por se quitar y apartar del dicho pleyto quiere hazer dexacion dellas dichas cassas en el dicho monesterio e puesto e a vo/

p.200

…E yo, el dicho escrivano doy fee que fuy presente a de los testigos desta carta el dicho balentin de cuellar recibio los dichos treynta myll maravedis en ochocientos y ochenta e dos reales de plata castellanos e diez maravedis en menudos e de mas desto se manda obligar las dichas señoras abadesas e monjas a hazer contento e pagado al dicho Juan Perejon de morgaez de los dichos veinte ducados e sacarse paz a salvo dellos, el dicho Balentin de/ [Cuellar].

Archivo O. F. Catedral de Toledo

Capilla de Lucas de la Peña.

Carta de tributo ynfiteosyn para siempre Jamas de un suelo e una sala que ferrand suarez dio A tributo A lorenço de guadalupe toquero E ysabel de linpias su muger que es en la que solia ser Carneçeria de los Judios por presçio de mill e dosientos e quarenta maravedis e quatro gallinas cada año.

Sepan quantos esta carta vieren Como yo ferrand suarez criado del Rey e de la Reyna nuestros señores vezino de la muy noble çibdad de toledo por mi e por mis herederos e subçesores despues de mi otorgo e conosco que do e apodero a tributo ynfiteosyn para syenpre jamas a vos lorenço de guadalupe toquero que estades presente E a vos ysabel de linpias su muger que estades Absente como sy fuesedes presente vezinos de la dicha çibdad de toledo para vosotros Amos a dos e para vuestros herederos e subçesores despues de vos un suelo que yo tengo e poseo por mio e como mio que es en esta dicha çibdad en la carneçeria que solia ser de los judios en la collaçion de la yglesia de santo thome segund e por la forma e manera que entre Nosotros esta limitado E mas una sala que esta dentro en el mismo suelo e un portal que esta debaxo de la dicha sala segund que es el conpad de la dicha sala e tres palmos menos que Alinda la dicha sala con las paredes de la Casa que era xinoga Et que por el dicho suelo vos el dicho lorenço de guadalupe Et la dicha ysabel de linpias vuestra muger fagades una puerta de alfaçen por donde vosotros e los otros moradores que moran e moraren en lo otro que queda a mi el dicho ferrand suarez que he de dar a tributo puedan entrar e salir Et cada uno tenga entrada e salida Et asy mysmo quedan a mi el dicho ferrand suarez e para mi dentro en el dicho suelo dos palaçios con su entrada e salida el qual dicho suelo e sala que suso dicho es vos do e Apodero al dicho tributo ynfiteosyn… 1498 años…

Sepan quantos esta carta vieren como yo gonçalo de toledo filador de seda e yo catalina alvarez su muger vezinos de la muy noble çibdad de toledo… otorgamos e conosçemos que por Rason que oy dia de la fecha e otorgamiento desta presente carta ovimos conprado e conpramos de ysabel de linpias vezina desta dicha çibdad unas casas en la collaçion de la yglesia de santo tome en el Corral que solia ser carneçeria de los Judios que alindan de la una parte palaçio de ves? ferrand suarez contino del Rey e de la Reyna nuestros señores e de la otra parte con casas de gomez de carmona Et de la otra parte con casas de luys françes con un corral delante de las dichas casas para çercar? E mear dentro e alindan con lo suso dicho e con casas de bartolome sanchez texedor de bivos e de la otra parte con la calle Real con que quede entrada e salida para un asno que pueda entrar cargado al sotano del dicho bartolome sanchez las quales dichas casas e corral de suso dichas e deslindadas son tributarias a vos el dicho ferrand suarez… mill e dosientos e quarenta maravedis e quatro gallinas… toledo çinco dias del mes de febrero año de… 1501.

El Reverendo señor Lucas de las peñas Canonigo en la santa yglesia de toledo.

Carta de Reconoçimiento contra gonçalo de toledo hilador de seda e catalina Alvarez su muger vezinos de toledo de contia de mill dosientos quarenta maravedis e quatro gallinas.

Sepan quantos esta carta vieren como yo gonçalo de toledo hilador de seda Et yo Catalina alvarez su muger vezinos de la muy noble çibdad de toledo… otorgamos e conosçemos que por quanto nosotros tenemos e poseemos por nuestras e como nuestras unas casas en la dicha çibdad de toledo a la collaçion de la yglesia de señor santo tome de la dicha çibdad de toledo en el corral que solia ser Carneçeria de los Judios que alindan de la una parte con palaçios que yo el dicho gonçalo de toledo tengo a tributo e de la otra parte con casas de gomez de Carmona e de la otra parte con casas de luys françes e con casas de bartolome sanchez texedor de bivos e de la otra parte con la calle Real las quales dichas casas con un corral que en ellas esta nosotros hemos tenido e poseydo e poseemos con cargo de mill e dozientos Et quarenta maravedis de la moneda usual e quatro gallinas de çenso e tributo ynfiteosyn en cada un año para syenpre jamas a fernand suarez vezyno de la dicha çibdad de toledo defunto que dios aya e a sus herederos subçesores los dichos maravedis e las gallinas… et agora vos iohan suarez hijo del dicho iohan (sic) suarez que presentes estays aveys vendido e vendistes los dichos mill Et dozientos e quarenta maravedis e quatro gallinas de çenso e tributo… puestos e anexados sobre las dichas casas con el directo dominio dellas al Reverendo señor lucas de las peñas Canonigo en la santa yglesia de toledo por çierto presçio Et contya de maravedis e por vos el dicho Juan suarez avemos seydo Requerido hagamos Reconosçimiento del dicho tributo al dicho Canonigo Lucas de las peñas… los quales dichos mill e dozientos e quarenta maravedis e quatro gallinas otorgamos E nos obligamos de dar e pagar al dicho lucas de las peñas e a sus subçesores… toledo veynte e siete dias del mes de otubre año de… 1516.

transc. AY

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